El Gobierno ha elaborado un Proyecto de Real Decreto para aprobar el Reglamento de Estadística Concursal, en cumplimiento de la Ley 16/2022, de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal, y en línea con las exigencias de la Directiva (UE) 2019/1023. Este nuevo marco busca mejorar la recopilación y análisis de datos sobre los procedimientos concursales y preconcursales, asegurando un seguimiento eficaz de las reformas legales en materia de insolvencia.
- Objetivo del Reglamento
El nuevo reglamento tiene como propósito principal:
- Establecer un marco jurídico para desarrollar, elaborar y difundir estadísticas sobre los procedimientos concursales.
- Evaluar la eficacia y eficiencia de los instrumentos de reestructuración e insolvencia.
- Cumplir con la obligación de remisión de datos a la Comisión Europea, conforme a la Directiva 2019/1023.
- Generar información clave para la formulación de políticas públicas en materia de insolvencia.
- Obligaciones de Recopilación de Datos
El artículo 29 de la Directiva (UE) 2019/1023 exige a los Estados miembros recopilar y reportar datos anualmente sobre los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas.
Se diferencian dos tipos de estadísticas:
- a) Estadísticas Obligatorias
- Número de procedimientos abiertos, en trámite y concluidos.
- Duración media de los procedimientos.
- Resultados de los procedimientos (liquidación, convenio, exoneración, etc.).
- Número de solicitudes rechazadas, declaradas inadmisibles o retiradas.
- Número de deudores que, en los últimos tres años, han utilizado un plan de reestructuración o continuación.
- b) Estadísticas Complementarias
Además de las exigencias de la Directiva, el reglamento amplía la recopilación de datos con:
- Duración de las distintas fases del concurso (común, liquidación, convenio).
- Porcentaje medio de recuperación de créditos por tipo de deuda.
- Número de concursos calificados como culpables.
- Número de pre-packs y ventas de unidades productivas.
- Coste medio de los servicios prestados por administradores concursales.
Estos datos permitirán evaluar con mayor precisión el impacto de la normativa concursal y mejorar su aplicación en España.
- Organismos Responsables
El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes será el encargado de elaborar y remitir las estadísticas concursales a la Comisión Europea. Sin embargo, la gestión material de los datos se encomendará al Colegio Oficial de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España (CORPME), que ya desempeña un papel clave en la recopilación de datos concursales.
- Publicación y Difusión de Datos
- Las estadísticas se publicarán anualmente en la web del Ministerio de Justicia.
- El primer año de recopilación de datos según este nuevo sistema será 2026, con publicación prevista en 2027.
- Se garantizará el acceso público a la información, promoviendo la transparencia y el análisis del sistema concursal.
- Impacto del Reglamento en el Sistema Concursal Español
El reglamento complementará y mejorará las estadísticas concursales existentes, permitiendo una mejor evaluación del sistema de insolvencia en España. Algunos de los efectos esperados incluyen:
- Mayor transparencia en la gestión de los procedimientos concursales.
- Mejoras en la toma de decisiones políticas en materia de insolvencia y segunda oportunidad.
- Mayor comparabilidad con otros países europeos, permitiendo ajustes normativos basados en datos fiables.
- Optimización de los recursos judiciales, identificando posibles ineficiencias en la duración y resolución de los concursos.
Conclusión
El Proyecto de Real Decreto sobre Estadística Concursal supone un avance en la modernización del seguimiento y control de los procedimientos de insolvencia en España. La recopilación de datos más precisa y detallada permitirá mejorar la eficacia del sistema y facilitar la toma de decisiones para futuras reformas.
Este nuevo marco no solo responde a las exigencias de la Directiva Europea, sino que también busca adaptar el sistema concursal español a un modelo más eficiente, transparente y predecible